Hablamos Español-Galicia Bilingüe logra tumbar la ordenanza de Lugo que
excluía el español
23-2-2019
El Tribunal Supremo acaba de notificar al equipo jurídico de
la Asociación Hablamos Español, que ha desestimado el recurso
interpuesto por el Ayuntamiento de Lugo contra la sentencia del Tribunal
Superior de Justicia de Galicia, que había anulado varios artículos de
la Ordenanza del Uso del Gallego en la Administración Municipal de Lugo.
Este procedimiento se inicio en 2012, cuando Galicia Bilingüe recurrió
dicha ordenanza. Tras un litigio de 4 años, por fin en 2016 la Sala de
los Contencioso del TSJG anuló total o parcialmente 12 artículos por ser
contrarios a derecho.
Pero el Ayuntamiento de Lugo, empeñado en seguir imponiendo el gallego,
recurrió la sentencia ante el Tribunal Supremo, y es ahora cuando el
alto tribunal no solo da la razón a la asociación pro libertad de
elección de lengua, sino que condena al Ayuntamiento a pagar las costas
del juicio. Galicia Bilingüe se integró recientemente en la asociación
nacional Hablamos Español, también presidida por la viguesa Gloria Lago,
de manera que el caso del Ayuntamiento de Lugo pasó a ser de Hablamos
Español.
La Ordenanza cuestionada fue aprobada por unanimidad y aplaudida con
entusiasmo por el gobierno de la Xunta de Núñez Feijóo, cuyo Conselleiro
de Educación la puso como modelo de excelencia.
Desde Hablamos Español nos felicitamos por este primer triunfo en los
tribunales de la libertad contra la imposición y que se haya sentado
jurisprudencia al respecto para Galicia y otros lugares de España, donde
el español también está siendo excluido del ámbito oficial. Gracias a
esta sentencia se ha logrado lo siguiente:
No se puede declarar el idioma gallego lengua oficial de un organismo
público sin citar expresamente al castellano.
En los plenos y reuniones no se puede prohibir el español en Ruegos y
Preguntas.
La rotulación de dependencias y despachos municipales tiene que incluir
el español.
No se puede prohibir el uso del español a contratistas y proveedores de
los ayuntamientos, y estos no estarán obligados a usar el gallego para
relacionarse con el Ayuntamiento, ni en la rotulación de sus bienes y
servicios, ni con los usuarios. La ordenanza establecía, además, que
debía figurar en el pliego de condiciones un compromiso de uso, y que el
Gabinete de Normalización Lingüística podía incluso revisar su calidad
lingüística. Todo esto queda, afortunadamente, anulado.
Los ciudadanos podrán recibir documentos también en castellano sin tener
que pedirlos formalmente, y aquellos que surtan efecto fuera de Galicia
tendrán que ser enviados en español, sin hacer constar que son una
traducción del gallego.
Los funcionarios no estarán obligados a hablar siempre en gallego con
los ciudadanos.
Los cargos electos podrán usar el español en sus intervenciones
públicas.
En las revistas municipales, campañas publicitarias, etc., habrá de
usarse también el castellano.
Los rótulos y señalización de la red viaria municipal han de ser
bilingües.
El gabinete de Normalización Lingüística no podrá formar parte del
equipo que decide a quien se contrata para trabajar en las dependencias
municipales.
Las actividades deportivas, culturales, juveniles, o de cualquier otro
tipo no tendrán que ser obligatoriamente en gallego para recibir
subvenciones del Ayuntamiento.
Para más información: 608 276 103
Para ver la sentencia: