30/01/2022
Por Gloria Lago, presidente de Hablamos Español
Me ha llegado una publicación del jurista Rafael Arenas, en la que pide que España abandone un tratado, la Carta Europea de las Lenguas. Con España dentro del tratado, el bilingüismo obligatorio que proponen AEB, SCC, principales entidades de la plataforma Escuela de Todos, a las que Arenas está ligado, no se ajusta a Derecho. Lo hemos dicho muchas veces: solo la propuesta de Libertad de Elección de Lengua, que es la que defendemos desde Hablamos Español, es acorde a la Constitución Española y a la Carta Europea de las Lenguas.
Antes de responder a esta curiosa propuesta de Arenas, aclaremos algunas cosas.
Hay diferentes formas de luchar contra la exclusión del español en las aulas. Bienvenidas sean todas las iniciativas que dan a conocer y conciencian a la sociedad sobre esta situación discriminatoria y disparatada. No importa si la denuncia lleva la voz de Hablamos Español o de cualquier otra entidad; cada vez que un periódico, una cadena de televisión o una emisora de radio informan sobre ello, habremos llegado a personas que no conocían el problema, o que habían sido manipuladas por la propaganda de los partidos y lobbies que sustentan la exclusión del español en todo el ámbito oficial en las CCAA con cooficialidad lingüística. Cada vez que los intolerantes insultan o amenazan a una entidad que lucha contra esta lacra, nos están atacando a todos. Ahora bien, una vez diagnosticado el mal, hay que aplicar un tratamiento, y no es lo mismo lo que proponen AEB y SCC, principales entidades de la plataforma Escuela de Todos, que lo que proponemos nosotros.
En Hablamos Español trabajamos de forma denodada muchas personas con una propuesta basada en criterios pedagógicos y de derecho comparado. No negociamos con partidos ni nos dejamos querer por ellos, incluso en muchas ocasiones nos riñen por no ser dóciles. Todo este esfuerzo tiene un único objetivo y, por lo tanto, consideramos que es nuestra obligación informar, plantear debate sobre nuestra postura y explicar en qué se diferencia de otras. Con respeto, pero con firmeza. Nuestro trabajo no tendría sentido si la solución al problema acarrea, en nuestra opinión, otro problema.
En este momento estamos trabajando de manera ardua e imaginativa para conseguir que se cumpla la sentencia del 25% en Cataluña. Lo hacemos de la mano de Convivencia Cívica Catalana, con quienes hemos promovido la federación Ampa Total, para que las familias puedan reclamar el 25% de forma gratuita y segura. Pero nuestro objetivo irrenunciable es que haya líneas a elegir en cada idioma y una tercera bilingüe, tal como sucedía en el País Vasco, hasta que empezaron a hacer trampa y a eliminar la línea en español, y también en la Comunidad Valenciana.
Reuniones de asociaciones civiles con partidos poíticos.
Algunas entidades están manteniendo reuniones con el PSC y se habla de consenso, un consenso que giraría en torno al cumplimiento del 25% de horas en español en la enseñanza catalana.
El presidente de Sociedad Civil Catalana se reúne con illa para hablar de consenso lingüístico. 29/2/2022
No queremos que se santifique el modelo del 25%. Nos da la impresión de que el PSC va a apostar por ello, que la Gene tendrá que aceptarlo, y el PP lo dejará correr, porque así se dará por buena la propuesta del PP de Cataluña y lo que con poca diferencia está aplicando este partido en Galicia.
La labor que estamos haciendo en todas las CCAA serviría, pues, de poco. El trabajo que tantas familias llevan a cabo en la Comunidad Valenciana para lograr que vuelva a haber líneas con el español como lengua vehicular, o el de nuestros equipos en Baleares, Galicia o Comunidad Autónoma Vasca no tendrían sentido. ¡Qué atrevimiento pedir tanto!
¿Qué modelo proponen desde Sociedad Civil Catalana (SCC) y Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB)?
1- Bilingüismo o trilingüismo obligatorio. La enseñanza en las dos lenguas oficiales y en una lengua extranjera en el sistema educativo.
2- Los niños de lengua materna español que viven en un entorno donde se habla sobre todo español, habrán de tener más horas en catalán que uno catalanohablante que viva en zona catalanohablante.
¿Qué proponemos en Hablamos Español?
Que sean las familias quienes elijan línea entre las siguientes
- Con las asignaturas impartidas en español y el catalán como asignatura obligatoria con un número suficiente de horas durante todas las etapas educativas para adquirir una buena competencia.
- Con las asignaturas impartidas en catalán y el español como asignatura con un número suficiente de horas durante todas las etapas educativas para adquirir una buena competencia.
- asignaturas impartidas al 50% en cada idioma con catalán y español como asignaturas.
Es el sistema que funcionó en País Vasco y en algunas zonas de la Comunidad Valenciana hasta que fueron eliminando las líneas en español por motivos políticos. La libertad de elección de lengua vehicular entre las oficiales es el sistema que funciona en toda Europa cuando hay cooficialidad y en todos los países que han ratificado la Carta Europea para las Lenguas Regionales o Minoritarias (CELROM) en los mismos términos que España.
Como mejor y más rápidamente se aprende el contenido de las asignaturas es recibiendo su enseñanza en lengua materna. Estudiar en otra lengua debe ser por elección y normalmente se hace porque hay un gran interés en tener un gran nivel de conocimiento de esa lengua. Hay que tener en cuenta, además, que se deja de aprender la terminología de esas asignaturas en la lengua materna y se resiente el registro culto de ese idioma. Por eso en ningún país se obliga a estudiar en lengua no materna ni siquiera parcialmente cuando se puede evitar, y menos en lenguas de carácter regional.
Con la Libertad de Elección de Lengua los alumnos, sea cual sea su lengua materna, podrán comprender y estudiar las asignaturas de la forma más pedagógica y los que lleguen de otras comunidades autónomas podrán incorporarse a las aulas sin barreras lingüísticas.
Rafael Arenas ha publicado una propuesta titulada La necesaria denuncia por parte de España de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias.
Arenas es profesor de Derecho en la Autónoma de Barcelona. Ha sido presidente de Sociedad Civil Catalana y ahora está ligado a Impulso Ciudadano y Asamblea por una Escuela Bilingüe.
Lo que pide Arenas es que se cambien los términos en la ratificación por parte de España de ese Tratado. Pero ese tratado supone un gran apoyo en la argumentación de la Asociación Hablamos Español a favor de la libertad de elección de lengua (LEL).
¿Por qué lo pide? ¿Significa eso que ya no sería posible reclamar la elección de lengua vehicular?
No. La LEL es perfectamente constitucional y recomendable, porque encaja en la Constitución Española, la ley de leyes; pero con la Carta Europea de las Lenguas, lo que no encaja es el modelo de SCC y AEB, el de inmersión parcial, o bilingüismo obligatorio. Es algo que desde Hablamos Español llevamos mucho tiempo advirtiendo.
El sistema que proponen tanto SCC como AEB, es decir, el bilingüismo obligatorio o inmersión parcial, no solo puede ser, a nuestro modo de ver, perjudicial para los alumnos, sino que va contra la legislación española con la actual ratificación del tratado.
España ha ratificado este tratado, CELROM, en unos términos que nos obligan a ofrecer enseñanza con todas las asignaturas en catalán, gallego, euskera o valenciano a quienes así lo deseen en aquellas comunidades autónomas donde son cooficiales. Ese tratado es, según el artículo 96.1 de la CE, derecho interno, es decir, de obligado cumplimiento para el Gobierno de España.
Pero la legislación española no permite que se excluya por completo el español como lengua vehicular en la enseñanza en una CCAA con lengua regional cooficial; de manera que la única forma de cumplir el tratado y la Constitución es permitir la libre elección de lengua. Hablamos Español propone que se pueda elegir entre tres líneas: una línea en español, una en lengua cooficial o una empleando cada lengua al 50%. Proponemos este sistema, no solo porque es el único totalmente respetuoso con la legislación, sino también porque es el único que nos parece pedagógica y democráticamente razonable, además de que la libertad de elección de lengua es el sistema que se aplica en todos los países con cooficialidad lingüística.
Hasta ahora no habíamos visto a Rafael Arenas pedir que España abandone la actual ratificación del tratado.
¿Por qué lo hace en este momento?
Es razonable pensar que el debate suscitado en Cataluña tras la llamada sentencia del 25%, con nuestra insistencia en el aval que la CELROM supone a nuestras tesis, y el hecho de que los nacionalistas hayan acudido al ahora al Consejo de Europa a denunciar que España pretende incumplir el tratado tienen mucho que ver. Porque al aplicar la sentencia del 25% ya no se puede estudiar al 100% en catalán, y quienes quieren eso para sus hijos, se rebelan. Ese es otro inconveniente más del bilingüismo obligatorio, que genera conflicto con los padres a los que les quitas un 25% de enseñanza en catalán.
¿No le gusta elegir al señor Arenas? Es difícil pensar que así sea. A las personas que se oponen a la Libertad de Elección de Lengua les gusta elegir, lo que sucede es que ellos han elegido un modelo y quieren imponer a todos el modelo elegido por ellos.
Tanto la inmersión total, la de los nacionalistas, como la parcial, la de los que quieren imponer un modelo en el que un número significativo de asignaturas no se pueden estudiar en lengua materna o elegida, ya han elegido por todos los demás. Quienes también ya han elegido, porque se lo pueden permitir, son los que llevan a sus hijos a costosos colegios privados, muchas veces en otros lugares de España o en el extranjero.
Los partidarios de la inmersión parcial, o bilingüismo obligatorio, utilizan la misma terminología que los nacionalistas, equiparando segregar, o sea separar contra la voluntad de alguien, con poder elegir, y usan mantras que son en realidad falacias de división, tales como que en una sociedad bilingüe la escuela ha de ser bilingüe, atribuyendo a todas las personas las cualidades del conjunto.
Así las cosas, Arenas propone que España se denuncie el actual instrumento de ratificación del tratado. En su artículo descarta que se pueda mantener la ratificación de la Carta en sus actuales términos por parte de España, ya que ello llevaría a reconocer el derecho de elección de lengua vehicular, sin perjuicio de que, además, también se ofreciese un modelo bilingüe y, según él, eso es indeseable, aunque la única razón que aporta de manera explícita es que sería un modelo demasiado caro de mantener, algo que es más que discutible.
Si ponemos en la cúspide de los argumentos el “economicista”, es evidente que lo más barato sería denunciar la Carta e imponer un modelo, “a la francesa”, con el español como única lengua vehicular; pero eso no respetaría las preferencias y el derecho de los que así lo deseen de recibir la enseñanza total o parcialmente en una lengua regional. Y es que la cooficialidad, si no es fraudulenta, inevitablemente genera costes.
Sobre su artículo.
En su artículo no ofrece ningún argumento pedagógico en contra de la libertad de elección, y es lógico, porque no lo hay: desde el punto de vista pedagógico no es posible argumentar en contra de la libre elección de lengua vehicular, ya que, por una parte permite que los alumnos puedan estudiar en su lengua materna todo, lo cual, de manera axiomática, implica que van a tener mayor dominio de la misma, especialmente en el registro culto, y mayor nivel de conocimientos en las materias estudiadas, para un determinado alumno y un determinado esfuerzo. No hay informes que valgan contra algo que es axiomático.
Por otra parte, la libertad de elección de lengua permite la inmersión total o parcial para aquellos alumnos que tengan especial interés en tener una alta competencia en la lengua oficial que no es la suya materna, y que, voluntariamente, asumen el esfuerzo adicional que supone estudiar en una lengua distinta de la materna.
En definitiva, poner como único modelo el bilingüe o trilingüe, es decir, obligar a todos los alumnos a recibir la enseñanza usando dos o tres lenguas vehiculares, no deja de ser una estafa pedagógica e ideológica que no se aplica en ningún país civilizado.
Vale la pena insistir: no existe un país civilizado en el que se impida a un hablante de la única lengua oficial en todo el territorio nacional – ya no digamos si, además, es hablada por cientos de millones en el mundo – recibir toda la enseñanza en ella para obligarlo a recibirla, siquiera en parte, en una lengua regional.
Es más, es muy poco frecuente que se permita la enseñanza en lenguas puramente regionales; es decir, lenguas que no son oficiales en otros países. Los únicos casos son los de las lenguas regionales de España y el galés en el Reino Unido, pero allí existe libertad de elección de lengua, es decir, se puede estudiar todo en galés, pero las familias pueden elegir estudiar todas las asignaturas en inglés o estudiar en las dos lenguas.
En Hablamos Español creemos en un elemental principio democrático: cuando existen diferentes posibilidades compatibles en su ejercicio individual, ha de permitirse que cada cual ejerza la que prefiera, de manera que imponer a todos una determinada, aunque sea la mayoritariamente preferida, no deja de ser un acto de totalitarismo.
Respecto a la presunta inviabilidad económica del modelo de libre elección hay que decir que, por la naturaleza del servicio público que es la enseñanza, es razonable exigir la existencia de una demanda umbral de una demanda en una zona para que una determinada opción sea ofertada; pero eso es algo que ocurre en todos los países en los que existe posibilidad de elegir. Y hay países, como Irlanda o Finlandia, en los que solo el 5 % elige una de las dos opciones posibles.
Otros países donde existe más de una lengua oficial
En países muy ricos como Noruega, la demanda umbral entre nynorsk y bøkmal es de tan solo 10 alumnos demandantes por curso, en Finlandia es de 18 alumnos, en Eslovaquia se exige, para poder recibir la enseñanza en húngaro, que al menos el 25 % de los residentes nacionales en la zona tengan esta lengua como suya, y en la Voivodina, ese umbral se dispara hasta el punto de que hay quejas de que es tan alto que, de facto, imposibilita la libre elección de manera injustificada (claro que allí hay nada menos que seis lenguas oficiales en el conjunto para un total de poco más de dos millones de habitantes). Por lo tanto, si se establece una demanda umbral adecuada, el modelo de libre elección no tiene por qué suponer un gasto desorbitado y que permite que cada cual pueda ejercer la opción lingüística que prefiera. Cuando esto no es posible por tratarse de un muy pequeño número de alumnos, se les debe permitir usar el material didáctico en su lengua y realizar en esta los ejercicios y exámenes.
Respecto a que la Carta no establece cautelas que obliguen a respetar los derechos de los hablantes de lenguas oficiales y mayoritarias no carece de lógica, ya que lo que nunca se les habría pasado por la cabeza a sus redactores es que fuesen precisamente los hablantes de lenguas oficiales mayoritarias los que viesen restringidos o hasta anulados sus derechos lingüísticos. De hecho, como se ha dicho, eso solo es algo que solo ocurre en España. Lo que ya constituye una desfachatez insuperable es invocar la Carta para obligar a estudiar en la lengua regional al que prefiere estudiar en español, cuando la propia Carta, en su artículo 7.1.g tan solo prevé que los gobiernos que la ratifican, provean de los medios necesarios para que los no hablantes de las lenguas regionales o minoritarias que vivan en las zonas en las que son habladas puedan aprenderlas si así lo desean.
En definitiva, la propuesta de Arenas carece de cualquier sólido argumento y vulnera principios fundamentales democráticos, por eso decimos que no es aceptable desde el punto de vista pedagógico y desde el punto de vista ideológico. Y más bien parece destinada a evitarle problemas en los debates a ciertos partidos políticos españoles que, en su día, asumiendo ciertos principios de los nacionalistas y su lenguaje de manera algo atenuada, se sacaron de la manga el obligar a todos los alumnos de los territorios con dos lenguas oficiales a utilizar las dos como vehiculares y negar la libertad de elección, y hasta algunos se han sacado de la manga, como decíamos, esa falacia de división que viene a decir que si una sociedad es bilingüe, todos sus miembros han de ser bilingües, y que si hay dos lenguas oficiales ambas han de ser usadas para todos como vehiculares, y ya no digamos ese absurdo, imposible de alcanzar, de que todos los alumnos han de conocerlas por igual, y hasta de usarlas. Es un insulto a la inteligencia.
En cuanto a la doctrina del TC, (STC 337/1994) que permite que sea la Administración la que determine en qué proporción se utiliza cada lengua en el llamado modelo de conjunción lingüística (obligatorio), tan solo decir que la argumentación al respecto es falaz y constituye un dislate jurídico (esto lo explica muy bien en parte el voto particular de Díez Eimil), que incluye, entre otras lindezas, asumir, al menos implícitamente, que son las lenguas los sujetos de derechos, de manera que los ciudadanos podemos ver restringida nuestra libertad de elección para, por ejemplo, “corregir situaciones de desigualdad heredadas del pasado”, cuando no cabe hablar de “desigualdad” entre lenguas en términos de “su” derecho a ser usadas, aparte de hacer citas de sentencias del propio TC amputadas “oportunamente”, o que nada tenían que ver con la cuestión planteada, o con una sentencia del TEDH sobre un padre belga que quería enseñanza subvencionada en francés para su hijo en un territorio en el que esta lengua no es oficial, y hasta dar a equiparar que la Administración establezca una programación general de la enseñanza, determinando los ciclos, etapas y el currículo de la misma con el derecho a elegir la lengua oficial en la que se recibe ese servicio público, que, como todos los demás, está reglado.
Es decir, señores del TC: en contra de lo que dice su doctrina, los poderes públicos carecen de la menor legitimidad para poner a los ciudadanos al servicio de la conservación o el fomento del uso de lengua alguna. Se trata de una cuestión de principios que prevalece moralmente sobre normas jurídicas y sentencias. Son las lenguas las que están al servicio de las personas, no al revés.
Algunos tenemos claro que la argumentación de esta sentencia tuvo mucho que ver con el hecho de que el gobierno de Felipe González dependiese del apoyo de CiU para no caer si el TC, declaraba inconstitucional la LNL catalana de 1983 cuando empezó a desarrollarse reglamentariamente de manera que el español fuese cada vez más excluido como lengua vehicular en Cataluña. En materia de derechos lingüísticos, la cuestión está clara: si hay dos lenguas oficiales en un territorio, corresponde al ciudadano elegir en cuál de ellas se le presta un servicio público, más o menos reglado, sin más cortapisa o restricción que el establecimiento de una demanda umbral para que el respeto a tal derecho no suponga un coste desproporcionado e incluso desorbitado, acorde con las posibilidades económicas del país. Como ocurre en el resto del mundo civilizado.
En resumen, no hay por qué modificar el instrumento de ratificación de la Carta, sino que hay que modificar las leyes nacionales españolas, como el Estatuto de Cataluña, para que, donde haya dos lenguas oficiales, se pueda elegir la lengua vehicular o, a mayores y solo opcionalmente, recibir la enseñanza utilizando ambas como vehiculares. Pero todo ello de forma voluntaria y sin más restricción que el establecimiento de una demanda umbral que impida que el ejercicio de tal derecho suponga una carga excesiva para las arcas públicas.
Texto publicado por Rafael Arenas: La necesaria denuncia por parte de España de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias.
http://jardindehipotesis.blogspot.com/2021/12/la-necesaria-denuncia-por-parte-de.html?m=1,
Gloria Lago, presidente de Hablamos Español
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