Me tomo estas líneas a propósito de la Proposición No de Ley (PNL) presentada en la Cámara Baja por el Partido Popular para, afirman, garantizar el uso del castellano en términos de libertad e igualdad en toda España.
La garantía de libertad de elección lengua no se llama solución (no existe ningún problema, sino privación de un derecho individual fundamental), ni igualdad (¿cuánto de igualdad y quién la determina?), ni PNL (bluff sin efectos jurídicos), sino LIBERTAD con apoyo a una Ley Nacional.
En Hablamos Español seguiremos trabajando para liderar, desde la sociedad, y en absoluta libertad e independencia, no acciones a medias (como lo es una PNL) para un asunto global de privación del derecho individual de libertad de elección de lengua. No trabajamos para liderar iniciativas igualitaristas, que al final devienen en timos jurídicos como el bilingüismo o el multilingüismo (sistemas ilegítimos en tanto cuya composición cuantitativa no sea elegida libremente por la escala de preferencia del hablante, sino por prioridades políticas) que burlan el principio de libertad y autonomía individuales en la toma decisiones personales, como es el elegir la lengua o las lenguas para una determinada forma de cooperación y desarrollo individual en la sociedad.
Nos proponemos liderar, sea a corto o a largo plazo (tanto da, lo relevante es que arraigue la idea de que la libertad no sólo es legítima, sino que además es deseable frente a la coerción sea de la autoridad o de cualquier otra persona), un proyecto de ley en forma de Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para toda España, que dé certeza y precisión jurídica al mencionado derecho y permita sancionar administrativa o legalmente al funcionario o gobernante que lo conculque.
Creemos que, en la defensa de la libertad negativa frente a la injerencia y la imposición lingüística por el Estado u órganos del Estado como son las Comunidades Autónomas, no cabe moderación filosófica alguna en el plano teórico, ni puntos intermedios entre comunismo lingüístico y libertad. La decisión sobre la lengua no es un asunto del Estado, ni de sabuesos, ni de la Comunidad Autónoma, ni de la comunidad de padres. Es un asunto del individuo. Ni al Estado ni a las comunidades, sean Autónomas o del tipo que sean, ni a ningún consejo democrático mayoritario le asiste legitimidad alguna para imponer la elección de la mayoría a quien no ha participado del proceso decisorio implícito en la votación, a quien no ha hecho esa elección o a quien sencillamente manifiesta su derecho negativo de oposición a la elección realizada por la masa.
El Estado de Derecho, que se traduce semánticamente como Estado legalmente limitado, y eso parece que muchos lo olvidan, aunque hay que insistir en ello, se inspira en el valor de la libertad y la igualdad ante la ley, que no mediante la ley. Cuando la igualdad de presencia de las lenguas se busca mediante la ley, la consecuencia de pretender regular legislativa y, por tanto, coercitivamente, la convivencia entre las distintas lenguas asfixia cualquier aspiración de libertad y fagocita al individuo en el círculo de la comunidad.
En Cataluña tenemos buenos ejemplos del comunismo lingüístico antecitado: comunidades de padres de escolares instigadas desde la administración pública que se organizan para coaccionar social y públicamente a quienes en su legítimo derecho se resisten a la dictadura de la inmersión lingüística obligatoria en catalán. Esos padres, por alguna distorsión cognitiva, no entienden que están en su derecho de elegir la inmersión en catalán para su progenie, pero que no les asiste el derecho a coaccionar a los padres que no prefieren ese sistema para la educación de sus hijos. Esto es algo tan básico en la convivencia, al menos la que tiene lugar en las sociedades libres en las que no se discute la Ley como en España, que podría traducirse en esta frase ‘’yo no tengo derecho a meterme en tus asuntos y tú no tienes derecho a meterte en los míos’’. Todo, siempre que se mantenga el respeto de uno hacia el otro y viceversa, garantizando, por ley, el correspondiente castigo penal, si así lo determinan los Tribunales Profesionales de Justicia, al que actúe, sea una persona o un representante público, violentamente, agreda o incursione intimidatoriamente en los asuntos de su igual impidiendo su pleno desarrollo, Un principio pacifista básico, éste, y no el falseado, que consiste en imponer un particular concepto de paz social por la fuerza (pacifismo coercitivo o violento).
Desgraciadamente, y no sólo en el ámbito lingüístico, hay cada vez más gente en España que piensa que tiene derecho a imponer a los demás su escala de preferencia y de valores en los diversos temas en los que el Estado total, no digo totalitario, pero estamos encaminados, se ha arrogado la competencia transformándose en Estado benefactor. Bajo esta dinámica liberticida, el acallar intimidatoria y forzosamente a los díscolos con la imposición catalanista (y aquí giro ligeramente el foco hacia arriba), puede asimilarse perfectamente al pacifismo coercitivo o violento que antes referí para asociarlo al acto de silenciar democráticamente (o sea, por acción de las masas): 1-. la rebelión de las víctimas de cualquier sistema autoritario o dictatorial socialmente arraigado (inmersión lingüística, comunismo, fascismo, etcétera), o 2-. la voz de los opositores a una idea, opinión o teoría propagandística estructurada desde monopolios, lobbies o redes clientelares (hispanofobia, corrección política del lenguaje, ecologismo ultra, feminismo radical,…). De hecho, el catalanismo lingüístico, o el nacionalismo catalán, siempre ostentan de ser un movimientos pacifistas, no obstante, sabemos que no son ni pacifista ni tolerantes. Sino más bien todo lo contrario.
Por todo ello, es relevante insistir en que nunca se es extremista en la defensa de la libertad de intromisión estatal, valga decir, autonómica, en relación al individuo que así pronuncia su oposición a las variopintas formas de interferencia estatal en su vida privada, en este caso, la autonómica, en la imposición totalitaria del catalán, del gallego, o del vascuence, siempre que dicho extremismo se constituya en torno a la abstracción dialéctica, a la exigencia de igualdad ante la ley (ello quiere decir, que cada persona que así lo quiera, pueda realizar la oposición aquí mencionada, ya que tal cosa no implica lesionar los derechos del otro a hacer lo mismo ni en nada afecta el desarrollo del resto de iguales de una comunidad social determinada). La PNL comentada pretende ponerse a la misma distancia de los impositores y de la libertad, lo que podría llamarse moderación. Cosa que aquí acabo de criticar por inefectiva: al final, así, ganan los totalitarios, aunque desde esta asociación de ciudadanos libres sin adscripción partidista nos encargaremos de dar y liderar la lucha de las ideas por la libertad (de elección de lengua) y de que eso se concrete en una ILP que la garantice. Estaremos encantados de que los partidos que quieran asumir los postulados de Hablamos Español lo hagan, pero nuestra máxima siempre será: libertad, libertad y libertad. Y una acción crítica contra cualquier forma de falsificación de este precioso y preciado ideal, sea directa e indirectamente.
Autor: Roquelo López Tolentino