Hablamos Español y Convivencia Cívica Catalana colaboramos en diversas iniciativas del ámbito educativo y administrativo de Cataluña, para hacer respetar los derechos lingüísticos de los hispanohablantes y para devolver la cooficialidad real a las administraciones públicas.
En este momento tenemos en marcha una Iniciativa Ciudadana para lograr un cambio en la normativa del Ayuntamiento de Barcelona que respete la cooficialidad lingüística en el Ayuntamiento. Hemos cumplimentado ya todos los trámites y estamos a la espera de que el ayuntamiento nos entregue los pliegos para iniciar la recogida de firmas oficial.
Pero existe la posibilidad amparada por la legislación vigente de que consigamos que las señales de tráfico de todos los ayuntamientos incluyan el español. En enero de este año iniciamos peticiones en ese sentido. Desde Hablamos Español requerimos a los ayuntamientos de Barcelona, Lérida, Gerona, Tarragona, Palma de Mallorca, Santiago, Orense, Pontevedra y Lugo, utilizando fórmulas diferentes. El miércoles, día 1, el Ayuntamiento de Hospitalet cambió a formato bilingüe varias señales, gracias a la solicitud del presidente de Convivencia Cívica Catalana. Ángel Escolano lo había requerido en su propio nombre.
Por lo tanto, hemos decidido adoptar esa vía, que ha demostrado ser la más rápida y útil y vamos a centrarnos en cuatro ayuntamientos catalanes y en uno de Galicia. Iniciamos hoy la ofensiva en esos municipios y seguiremos después en otros.
Pedimos a las personas sensibilizadas con el problema de la imposición lingüística, que participen enviándonos fotografías de señales de estas localidades indicando la calle y el número.
Mándanos fotos de señales sólo en catalán.
Hablamos Español: Barcelona y Tarragona 618012700
Convivencia Cívica Catalana: Hospitalet y Lérida 647705842
La fundamentación legal que nos ampara es muy clara:
El artículo del 56 Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece lo siguiente:
“Las indicaciones escritas que se incluyan o acompañen a los paneles de señalización de las vías públicas, e inscripciones, figurarán en idioma castellano y, además, en la lengua oficial de la Comunidad autónoma reconocida en el respectivo estatuto de autonomía, cuando la señal esté ubicada en el ámbito territorial de dicha comunidad”.
El artículo 30 de la Ley que regula la Jurisdicción Contencioso-administrativa establece que: “En caso de vía de hecho, el interesado podrá formular requerimiento a la Administración. Si dicha intimación no hubiere sido formulada o no fuere atendida dentro de los diez días siguientes a la presentación del requerimiento, podrá deducir directamente recurso contencioso-administrativo”.
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