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Home»Notas de prensa»Valoración de la Asociación Hablamos Español de la desestimación del Recurso de Inconstitucionalidad contra la Ley Celaá

Valoración de la Asociación Hablamos Español de la desestimación del Recurso de Inconstitucionalidad contra la Ley Celaá

Notas de prensa 3 Mins Read19·04·2023
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El Gabinete de prensa del Tribunal Constitucional publicó ayer una nota informativa con el siguiente titular: “El Pleno del TC desestima el Recurso de Inconstitucionalidad del grupo Parlamentario Vox en el Congreso contra la ley Celáa (ley Orgánica 3/2020 de Educación)”.

En lo que se refiere a la cuestión lingüística, se incluye el siguiente párrafo:

En cuanto al derecho a recibir educación en castellano, la sentencia explica que la nueva regulación es conforme con el artículo 3 de la Constitución, que garantiza el derecho a usar el castellano y la cooficialidad de las lenguas autonómicas, y también  con la responsabilidad del Estado de velar por el respeto de los derechos lingüísticos de los alumnos.

Considera, en particular, que de la Constitución no deriva la necesaria fijación por el Estado de una proporción de uso del castellano en el sistema educativo  sino,  conforme a la doctrina anterior del Tribunal, “un patrón de equilibrio o igualdad  entre  lengua (SSTC  109/2019  y  114/2019) y un derecho efectivo a usarlas, que no niega la ley recurrida. 

Hablamos Español hace una valoración del contenido de este párrafo, que resume la sentencia, pero hay matices que sólo se podrán valorar una vez esta sea publicada.

Del resumen se puede extraer que el Tribunal Constitucional se limita a recordar y a reiterar cuál es la doctrina establecida a partir de la sentencia de 1994: que ninguna de las dos lenguas oficiales puede ser excluida como vehicular; sin que esto quiera decir que sea contrario a la Constitución Española un sistema de líneas con cada lengua como vehicular, como ya avaló el TC en su sentencia 137/1986.

Lo que sí parece deducirse es que no se respalda expresamente la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que aclaraba que un sistema con una presencia menor de una 25% de horas lectivas de castellano/español en materia troncal no cumpliría con los expresado en la doctrina del TC, ya que implicaría un uso del español tan residual, que no podría considerarse verdaderamente como lengua vehicular.

En este momento Hablamos Español está elaborando los recursos ante Tribunales Superiores de Justicia Autonómicos para defender los derechos lingüísticos de varios alumnos, concretamente, de la Comunidad Valenciana y de las Islas Baleares. Una vez sea publicada la sentencia sobre la Ley Celáa, podremos valorar con más detalle si existe una contradicción entre esta sentencia y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que también es fuente de Derecho.

 

 

 

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cataluña ley celaa ley educación Tribunal Constitucional
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